En el caso del Amianto (asbesto), tanto el transporte como el tratamiento de residuos de este material debe realizarse de acuerdo con la Ley 10/98 de Residuos, BOE 96.
El Real Decreto 14/06/1989 (BOE 278), relativo a las limitaciones de comercialización y uso de ciertas sustancias y compuestos peligrosos, impone que todos los productos y/o envases que contengan Amianto deben cumplir las disposiciones especiales referentes al etiquetado que se señalan en el Anexo II de dicho decreto, donde especifica el tipo de etiqueta que deben llevar los productos que contengan Amianto y su envase.
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